Éste es un post de invitado de Javier Santos, CEO de Infoautónomos.
“Elige un trabajo que te guste y no tendrás que trabajar ni un día de tu vida”. Lo decía Confucio y no le faltaba razón.
Así que si tu blog te da la oportunidad de vivir haciendo lo que más te gusta, será mejor que la aproveches al máximo. Claro que, a la hora de emprender, nos acompañan siempre ciertos miedos.
El momento de convertirse en autónomo es una de las grandes barreras: ¿y si no gano suficiente para mantenerme? ¿Y si me equivoco?
Lo más habitual es que esas preguntas sin respuesta no te dejen dormir. Nos ha pasado a todos. Pero tranquilo, estar bien informado te ayudará a superarlas.
Por eso, en este post, voy a hablarte de todos los aspectos legales y fiscales que implica comenzar un negocio como autónomo. Así podrás dar tus primeros pasos con más seguridad. Eso sí, no pierdas nunca de vista que tu objetivo es vender y producir.
#1 ¿Cuándo debes darte de alta?
Aunque no lo creas, la respuesta a esta cuestión es muy sencilla. Si quieres convertir tu blog en un negocio, necesitas ser autónomo. Ten en cuenta que obtener ingresos por tu actividad y no declararlos es ilegal.
Hay mucha confusión respecto a este punto porque existe jurisprudencia que dice que es posible facturar sin estar dado de alta si tus ingresos están por debajo del salario mínimo.
Sin embargo, lo cierto es que hay un vacío legal al respecto y puedes ser sancionado. En este artículo tienes más información sobre darse o no de alta por debajo del salario mínimo.
Además, piensa que es posible que el hecho de convertirte en autónomo te ayude a dar el paso definitivo para hacer crecer tu negocio. Si no estás en una situación legal, tus opciones de futuro son muy limitadas.
Dicho esto, antes de lanzarte a la piscina es conveniente que estudies bien a tu competencia, hagas un buen plan de negocio y busques vías de financiación (subvenciones, crowdfunding, familia, bancos, etc) en el caso de que la necesites.
#2 ¿Qué trámites debes hacer?
De todas las formas jurídicas el alta como autónomo es la más sencilla y rápida. Aun así, es posible que te surjan dificultades si no estás familiarizado con los temas administrativos.
Una buena opción es pedir ayuda a un asesor que se encargue de todo. El precio suele ser bastante económico e incluso puede ser gratuito si luego vas a contratar un servicio de contabilidad.
En cualquier caso, conviene que sepas cuáles son los trámites que te corresponden. Dado que se trata de un negocio online, no necesitarás licencias de apertura ni de obra. Solo debes dar estos dos pasos:
- Alta en Hacienda: antes de iniciar la actividad es necesario presentar la declaración censal (modelos 036 ó 037), en la que señalas tus datos personales, la ubicación del negocio, el epígrafe IAE de la actividad que vas a realizar y los impuestos que tienes que pagar.
- Alta en la Seguridad Social: el segundo escalón es el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Para ello debes presentar el modelo TA0521 en alguna de las administraciones de la Seguridad Social, junto con una fotocopia del DNI y el justificante del alta en Hacienda.
Lo más cómodo es recurrir a algún asesor certificado como punto PAIT, lo que te permite presentar conjuntamente tu alta online en Hacienda y Seguridad Social de un día para otro sin que tengas que moverte de casa. Es mucho más sencillo de lo que la gente se cree.
#3 ¿Qué cuota de autónomo tienes que pagar?
Lamentablemente, España es uno de los países en los que más se paga por ser autónomo. En 2015 la cuota mensual a la Seguridad Social para la base mínima de cotización ha sido de 264,44.
No obstante, y pese a las reivindicaciones del colectivo, en 2016 el Gobierno actual plantea aumentar de los 884,40 a 893,10 euros la base mínima. Es decir, que si todo se mantiene según lo previsto la cuota se incrementará en un 1% hasta 267,08 euros.
Sin embargo, hay algunas bonificaciones a las que puedes acogerte. Si ésta es tu primera vez como autónomo o han pasado más de 5 años desde que lo fuiste, la tarifa plana es la mejor opción.
Se divide en 4 tramos:
- Primer año: durante los primeros 12 meses de actividad solo tendrás que pagar 60 euros.
- Del mes 13 al 18: en los siguientes 6 meses, la cuantía se incrementa hasta los 141,65 euros.
- Del 19 al 24: en este tercer tramo, la tarifa se sitúa en los 198,31 euros.
- Del 24 al 36: se amplía la tarifa plana para los autónomos menores de 30 y las autónomas menores de 35 años. Las condiciones son las mismas que en el tramo 3.
También conviene que busques información sobre las subvenciones de tu comunidad autónoma, ya que en algunos casos pueden hacerse cargo de parte del importe.
Además, si estás en el paro, recuerda que puedes capitalizar tu prestación por desempleo y hacer frente al pago de la Seguridad Social e incluso ahora puedes simultanear el cobro del paro con el alta en autónomos.
#4 ¿Qué impuestos de Hacienda me corresponden?
La fiscalidad del autónomo contempla el pago de dos tipos de impuestos:
- El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) grava el consumo, de modo que el trabajador por cuenta propia solo actúa como intermediario entre el consumidor y Hacienda. El pago de este impuesto se realiza trimestralmente presentando el modelo 303, que contempla tanto el IVA que cobras a tus clientes como el que pagas a tus proveedores. La diferencia se la deberás pagar a Hacienda. Hay que tener en cuenta que determinadas actividades como por ejemplo el periodismo o la psicología no tienen este gravamen. Dependerá del tipo de negocio que vayas a hacer con tu blog.
- El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) grava los ingresos que hayas obtenido. También se paga trimestralmente, así que como blogger tendrás que presentar a Hacienda el modelo 130 y pagar el 20% de tus rendimientos (ingresos menos gastos deducibles). Aunque si te das de alta en un epígrafe IAE de profesional autónomo bastará con que practiques retenciones del 15% en tus facturas. Estas cantidades son anticipos que le vas pagando a Hacienda y que se regularizan con la declaración de la renta. Así que si has tenido muchos beneficios en ese momento te tocará pagar más.
#5 ¿Cómo llevo la facturación?
Una vez que seas autónomo es imprescindible que emitas y entregues facturas por todas las operaciones que realizas con tu actividad. También es muy importante que conserves siempre una copia de ellas y de las que recibas.
A la hora de hacer tus facturas, debes incluir estos datos:
- Número y, en su caso, serie.
- Fecha de expedición.
- Nombre y apellidos o denominación social, DNI o CIF y domicilio, tanto del emisor como del receptor.
- Descripción de las operaciones y base imponible de cada una de ellas.
- Tipo impositivo de IVA y retención en el IRPF.
- Cuota tributaria.
- Importe total de la factura.
- Fechas en la que se hayan efectuado las operaciones o se haya recibido el pago (si ha sido anticipado).
Si vas a hacer facturas por primera vez en tu vida o no estás familiarizado con las mismas y con cómo aplicar los impuestos, haz clic aquí para saber más sobre cómo hacer una factura.
#6 ¿Es necesario tener un asesor?
Gestionar la contabilidad del autónomo es sencillo y puedes llegar a hacerlo tú mismo. No obstante, si te decides por esta opción lo más conveniente es que primero te formes al respecto y luego cuentes con un servicio de apoyo, ya que cualquier error con Hacienda podría costarte muy caro.
Cuando empieces a crecer o si te lo puedes permitir es recomendable que externalices esta labor. El precio del servicio suele ser económico y dejar tu contabilidad en manos de profesionales te permitirá dedicarte de lleno a lo que de verdad importa: tus ventas.
Actualmente hay interesantes alternativas online a precios muy atractivos, diseñadas específicamente para freelances y autónomos del sector servicios.
¿Estás preparado para convertirte en autónomo y comenzar a tomarte en serio tu negocio online?